Los futbolistas se clasifican en función de la retribución que perciben por su actividad futbolística, en profesionales y en no profesionales. Estas son las diferentes tipos de licencias de futbolistas que existen.
Los futbolistas que perciban una retribución que supere la compensación de gestos derivados de la actividad futbolística, serán profesionales, y deberán tramitar licencia tipo “P”, con independencia de la categoría a la que esté adscrito el equipo por el que se inscriba el futbolista.
La solicitud de esta clase de inscripciones deberá presentarse con una copia del contrato del futbolista.
Los futbolistas podrán seguir afectos al mismo club aun en el supuesto de que varíe su categoría, si bien solo durante el tiempo de vigencia de aquella.
Los futbolistas que perciban una compensación de gastos que no supere los derivados de la actividad futbolística, serán no profesionales, y tramitarán su licencia de acuerdo con la edad que tengan en cada temporada deportiva:
Son licencias de futbolistas no profesionales, sin perjuicio de lo dispuesto en la letra h), en la modalidad principal, las siguientes:
a) “A” y “FA”: Aficionados y Aficionado Femenino; los que cumplan veinte años a partir del 1º de enero de la temporada de que se trate.
b) “J” y “FJ”: Juveniles y Juvenil Femenino; los que cumplan diecisiete años a partir del 1º de enero de la temporada de que se trate, durante un total de 3 temporadas.
c) “C” y ”FC”: Cadetes y Cadete Femenino; los que cumplan quince años a partir del 1º de enero de la temporada en curso, hasta el 31 de diciembre del año natural en que cumplan los dieciséis.
d) “I” y “FI”: Infantiles e Infantil Femenino los que cumplan trece años a partir del 1º de enero de la temporada en curso, hasta el 31 de diciembre del año natural en que cumplan los catorce.
e) “AL” y “FAl”: Alevines y Alevín Femenino; los que cumplan once años a partir del 1º de enero de la temporada en curso, hasta el 31 de diciembre del año natural en que cumplan los doce.
f) “B” y “FB”: Benjamines y Benjamín Femenino; los que cumplan nueve años a partir del 1º de enero de la temporada en curso, hasta el 31 de diciembre del año natural en que cumplan los diez.
g) “PB” y “FPb”: Prebenjamines y Prebenjamín Femenino; los que cumplan siete años a partir del 1º de enero de la temporada en curso, hasta el 31 de diciembre del año natural en que cumplan los ocho.
h) “PRF”: Profesional femenino. 58
i) “DB” y “DBF”: Debutante y Debutante Femenino; los que cumplan cinco años a partir del 1º de enero de la temporada en curso, hasta el 31 de diciembre del año natural en que cumplan los seis.